viernes, 27 de diciembre de 2024
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Locales de uso comercial, docente, restauración y residencial público principalmente.
Fuente: Ingenieros BIZKAIA Tema: Ejercicio Libre
Según se establece en el R.D.390/2021 por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios, el 3 de junio de 2022, los edificios recogidos en su ámbito de aplicación (ver Artículo 3) deberán disponer del Certificado de Eficiencia Energética (CEE).
Entre otros, los ocupados por la administración pública con más de 250 m2, los que se reformen o amplíen según ciertas condiciones y los locales de más de 500m2 de uso Administrativo, Sanitario, Comercial (tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares), Residencial público (hoteles, hostales, residencias, pensiones, apartamentos turísticos y similares), Docente, Cultural, Actividades Recreativas, Restauración (bares, restaurantes, cafeterías y similares), Trasporte de personas, Deportivo y Lugares de Culto.
También los edificios de nueva construcción, los que se vendan o alquilen y los que tengan que realizar la ITE están obligados a contar con este certificado.
Por otro lado, y de acuerdo con en el Decreto 254/2020 sobre sostenibilidad energética de la CAPV, se establecieron los siguientes plazos para la obtención del citado CEE:
- Edificios Industriales (mayores de 50 m2 y calefactados/refrigerados). Plazo de 2 años que finaliza el 19 de noviembre de 2022.- Establecimientos comerciales. Plazo de 3 años que finaliza el 19 de noviembre de 2023.- Edificios de uso residencial vivienda cuyo plazo finaliza el 31 de diciembre de 2022.
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